La DIAN emitió una resolución que modifica las fechas para reportar información exógena por grandes contribuyentes.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) emitió la Resolución 000208 del 24 de abril de 2025, mediante la cual, modifica parcialmente la Resolución 000162 de 2023 y amplía el plazo para la presentación de la información exógena correspondiente al año gravable 2024.

Las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, calificadas como “grandes contribuyentes”, podrán presentar la información exógena entre el 28 de mayo y el 13 de junio de 2025, según el último dígito del NIT:

Último Dígito del NITFecha
128 de mayo de 2025
203 de junio de 2025
304 de junio de 2025
405 de junio de 2025
506 de junio de 2025
609 de junio de 2025
710 de junio de 2025
811 de junio de 2025
912 de junio de 2025
013 de junio de 2025

Formatos modificados:

  • Formato 1023 versión 7 (artículo 6 de la Resolución 162 de 2023): Información de adquisiciones, consumos y gastos realizados con tarjetas débito o crédito superiores a 24 UVT en el periodo gravable.
  • Formato 1024 versión 6 (artículo 7): Datos de personas o entidades que hayan efectuado ventas o prestado servicios con tarjeta de crédito por valores superiores a 24 UVT.

Razones de la ampliación:

La modificación se da en respuesta a:

  • Cambios en las especificaciones técnicas realizados en octubre de 2024, que complejizaron el cumplimiento de la obligación.
  • El incremento significativo en el volumen de información a reportar por parte de las entidades responsables de reporte, pasando de 500 a más de 20.000 archivos en algunos contribuyentes, debido a los nuevos requisitos sobre operaciones con tarjetas débito.

Las demás personas jurídicas deberán seguir atendiendo los plazos establecidos en el artículo 65 de la Resolución 000162 de 2023, modificado por el artículo 10 de la Resolución 000188 de 2024.